La Ley Nº 19.979 de Jornada Escolar Completa Diurna (JEC), promulgada el 28 de octubre del 2004, crea los Consejos Escolares, los cuales serán obligatorios para todos los establecimientos públicos o privados del país que reciben subvenciones estatales.
El objetivo de los Consejos Escolares es: Acercar e integrar a los distintos actores que componen una comunidad educativa a través de la participación efectiva, de manera que puedan informarse, participar, opinar y proponer sobre materias relevantes del quehacer educativo, con el propósito de colaborar con la gestión escolar de su establecimiento
Integrantes:
- Director del establecimiento, quien lo presidirá.
- Sostenedor o un representante designado por él.
- Docente elegido por los profesores.
- Representante de los asistentes de la educación.
- Presidente del Centro de Padres y Apoderados, y
- Presidente del Centro de Alumnos (Para educación media).